The
Andean Parliament, a legislative body composed of representatives of Bolivia,
Colombia, Ecuador, Peru and Chile, approved on September 17 a resolution recognizing
the “Genocide of the Armenians perpetrated by the authorities of the Ottoman
Empire between the years 1915-1923” and condemning “any policy of denial with
respect to genocide and crimes against humanity suffered by the Armenian
nation.”
The
resolution, presented by Pedro de la Cruz, representative of Ecuador, and
approved unanimously at a meeting of the organization in Montevideo, expresses
its solidarity with the Armenian people and communities of the diaspora, while
“urging” the international community to “acknowledge this historical fact as an
unconditional support for truth and justice and as a form of rejection of such
acts that shame all humanity.”
The Andean Parliament is
the “governing body and representative of the peoples of the Andean Community,”
according to a constitutive treaty of October 25, 1979. Its work focuses on the
“parliamentary management, policy development and popular representation on
issues related the Andean integration process such as education, mobility,
migration, social and labor rights, energy, environment and climate change,
coexistence and security, food security and sovereignty, competitiveness and
entrepreneurship, among others.”
Gaceta Oficial Del Parlamento Andino
Año: 13 #09 Bogotá D.C. Septiembre 2016
www.parlamentoandino.org
INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO APROBADOS POR LA MESA DIRECTIVA
Aprobadas en la Sesión de la Mesa Directiva del 23 Y 24 de agosto de 2016 en la
ciudad de Bogotá, República de Colombia.
PROYECTO DE
RESOLUCIÓN No. 07-09-2016 MEDIANTE LA CUAL SE RECONOCE Y CONDENA EL GENOCIDIO
DEL PUEBLO ARMENIO
CONSIDERANDO
Que, el Parlamento Andino es el órgano deliberante del Sistema, su naturaleza
es comunitaria y representativa.
Que, uno de los objetivos del Parlamento Andino es velar por el
respeto a los derechos humanos y a la calidad de vida de la población, en el
marco de los objetivos e instrumentos de la integración subregional y de la
comunidad internacional;
Que, el Tratado de Institucionalización y el Estatuto del Parlamento Andino, en
sus PRINCIPIOS y PROPÓSITOS, establecen la condena a la amenaza y al uso de la
fuerza contra la independencia política y la integridad territorial de los
Estados; y, proclaman la solución pacífica, justa y negociada de las
controversias internacionales; así como, contribuir a la afirmación de la paz,
la seguridad y el orden jurídico internacionales y luchar por el desarme
mundial, combatiendo el armamentismo y la agresión de quienes sustenten la
política de la fuerza;
Que, el 24 de abril del año 2016, se conmemoró 101 años del
genocidio del pueblo Armenio, perpetrado entre los años 1915 – 1923, cuando las
autoridades del imperio Otomano llevaron a cabo un programa de arrestos y
deportaciones y posteriormente matanzas de la población civil en los
territorios de Armenia occidental y Anatolia; con el trágico resultado de más
de un millón quinientas mil personas asesinadas;
Que, investigaciones realizadas por historiadores internacionales, hombres y
mujeres de distintas nacionalidades y la existencia de pruebas documentales de
diverso origen, han demostrado la veracidad de los actos de genocidio contra el
pueblo Armenio, hechos en los que se identifican todas las categorías
establecidas en la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito del
Genocidio, adoptada por la Asamblea General de la ONU en 1948;
Que, la Convención de la ONU de 1948 establece que genocidio es
cualquiera de los siguientes actos, perpetrados con la intención de destruir
total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso: (i)
Matanza de miembros de un grupo; (ii) lesión grave a la integridad física o
mental de los miembros del grupo; (iii) Sometimiento intencional del grupo a
condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o
parcial; (iv) medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del
grupo; y, (v) traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo.
Que, las colectividades armenias asentadas en numerosos países han contribuido
enormemente a la preservación de la memoria y a la reconstrucción de la
historia veraz de la masacre ocurrida, aportando de manera fundamental en la
lucha por la verdad y la justicia;
Que, el Papa Francisco
durante la homilía en la misa en memoria de las víctimas del genocidio Armenio
expresó que hoy se está viviendo una nueva especie de genocidio causado por la
indiferencia general y colectiva ante una de las más grandes tragedias que ha
sufrido la humanidad: el genocidio al pueblo Armenio, primera nación cristiana,
junto a católicos, ortodoxos sirios, asirios, caldeos y griegos;
Que, naciones como Francia, Unión Soviética, Alemania, Argentina, Austria,
Bélgica, Bolivia, Brasil, Bulgaria, Canadá, Chile, Chipre, Crimea, Líbano,
Estados Unidos, Gran Bretaña, Grecia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Suecia,
Uruguay, Vaticano, Venezuela, Yugoslavia; Consejos como el Consejo de Europa,
Consejo Mundial de Iglesias, Consejo de Naciones Unidas; El Parlamento Europeo,
el Tribunal Permanente de los Pueblos, entre otros, han promulgado distintos
instrumentos en condena y reconocimiento del genocidio ocurrido contra el
pueblo Armenio;
Por los considerandos antes expuestos, el Parlamento Andino, en uso de sus
atribuciones y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General.
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER el genocidio del Armenios perpetrado por las
autoridades del Imperio Otomano entre los años 1915 – 1923 y expresar su
solidaridad al pueblo armenio y a sus descendientes, que integran las
colectividades armenias del mundo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- CONDENAR
toda política de negación respecto al genocidio y de los crímenes de lesa
humanidad sufridos por la nación armenia.
ARTÍCULO TERCERO.- EXHORTAR a la Comunidad Internacional a fin de que reconozca
este hecho histórico como un respaldo incondicional a la verdad y la justicia y
como una forma de rechazo a esta clase de actos que avergüenzan a la humanidad
entera.
Notifíquese y Publíquese
Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, a los XXX (X) días del
mes de agosto, del año 2016.
EDITH MENDOZA FERNÁNDEZ
Presidenta
EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN
Secretario General